Cuenta atrás definitiva para la entrada en vigor de los nuevos límites de velocidad en España. Tráfico lanzará probablemente el próximo día 2 de enero el primer paquete de medidas para frenar la siniestralidad, siempre y cuando el nuevo Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Circulación (artículos 40 y 48) haya cerrado a tiempo todos los trámites y se haya aprobado en Consejo de Ministros. Con él, llegarán rebajas en las velocidades máximas de muchas carreteras, que podrían completarse hasta la primavera con nuevas medidas que entrarían en vigor entre febrero y marzo.
DE 100 KM/H A 90 EN CARRETERAS SECUNDARIAS
El primer paquete de medidas supondrá ya a inicios de año una rebaja en la velocidad máxima de todas las carreteras convencionales de un carril por sentido y sin desdoblar. Desde entonces, el límite caerá de los 100 km/h a los nuevos 90 km/h de velocidad máxima para coches y motos, y de 80 km/h para autobuses, furgonetas y camiones. Únicamente en estas carreteras que tengan separación física de los sentidos de circulación, se seguirá permitiendo circular hasta 100 km/h a turismos y motos.
Además, en todas estas carreteras con límite a 90 km/h, circular desde enero a 111 km/h o más supondrá una infracción de 2 puntos del carné de conducir y 300 euros de multa… sanción que hasta ahora sólo llegaba al superar los 121 km/h.
La aplicación de esta importante modificación del Reglamento General de Circulación supondrá, en la práctica, que nada menos que 7.000 kilómetros de carreteras modificarán sus límites de velocidad en España. La medida nace con el objetivo de frenar la alta siniestralidad registrada en los últimos años, donde de 1.680 víctimas en accidentes producidos en 2013 se han pasado a 1.830 en el ejercicio 2017. Con el agravante de que un 75 por ciento de los siniestros mortales ocurren en carreteras secundarias o convencionales.
En autovías o autopistas, prevalecerán tres límites máximos de velocidad, según tramos: 120 km/h como hasta ahora para turismos y motos; 90 km/h para camiones y furgonetas; y 100 km/h para autobuses y el resto del tráfico. Otras medidas que afectarán a vehículos serán que las autocaravanas tendrán un límite en función de su masa máxima autorizada, mientras que automóviles con remolque, vehículos de transporte escolar y de menores, o vehículos de mercancías peligrosas tendrán que circular como hasta ahora con un límite 10 km/h inferior.
30 KM/H: LÍMITE MÁXIMO EN CIUDADES Y VÍAS SIN PAVIMENTAR
Pero no serán estos los únicos límites de velocidad que cambiarán. Los habrá, todavía, más a la baja. Por ejemplo, en vías sin pavimentar se añadirá un límite máximo de 30 km/h… como el que se va a aplicar próximamente en todas las ciudades. Así lo ha asegurado ya el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, que ya trabaja con la DGT para que en calles de un único sentido en toda España se apliquen los 30 km/h de velocidad máxima, como ya sucede en Madrid, Pontevedra y otras ciudades del país.
La medida, que aún no tiene fecha y podría llegar en ese segundo paquete de medidas ya comentado para antes de primavera, prevé evitar las numerosas muertes que se producen por atropellos en nuestras calles, y que ya representan el 46 por ciento de las víctimas de los accidentes de tráfico. En este sentido, la OCDE ya comunicó hace unos días su recomendación: “El diseño de las vías y de los límites de velocidad deben tener en cuenta las fuerzas que el cuerpo humano puede tolerar y sobrevivir”, recomendando como razonable un límite de 30 km/h “en todas las áreas donde vehículos motorizados y usuarios vulnerables compartan el mismo espacio”
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